Exacto. Pero también se pueden grabar imágenes de videovigilancia para ver quién te está jorobando el coche cuando no estás y utilizarlas como prueba.
El tema de la privacidad está de moda, por eso es necesario distinguir en qué casos se puede y en cuáles no, y mientras una imagen no se haga pública sin el consentimiento de la persona, es absolutamente legal. Me remito a un artículo de ABC que lo especifica muy bien (clic en el título para ir a la noticia):
Tal y como detallan desde la DGT,
en España sí se puede llevar una cámara instalada en el salpicadero del coche. Por lo tanto, sí es legal. Sin embargo,
en función del uso que se dé al contenido que se graba, puede ser o no legal. Siempre que las imágenes se utilicen únicamente para uso doméstico será totalmente legal.
Las «dashcam» chocan con el derecho a la privacidad, algo que en nuestro país se preserva con celo. De hecho,
la propia Ley de Protección de Datos prohíbe divulgar fotos o vídeos de personas o vehículos identificables sin su consentimiento. Por lo que sí se puede colocar una cámara en el coche para grabar lo que ocurre durante la conducción pero nunca ser podría utilizar, por ejemplo,
como prueba en caso de accidente.
Esto corresponde a la ley orgánica que especifica que «la grabación de imágenes en lugares públicos es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, aunque se reconoce el derecho de cualquier persona a realizar grabaciones domésticas en la vía pública, considera que la captación de imágenes de las circunstancias del tráfico de forma continuada se ajustaría al concepto de vigilancia y no al de uso doméstico y, por tanto, no sería legal».